A los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, es víctima de violencia de género la mujer que es objeto de cualquier acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, ejercido sobre ella por parte de quien sea o haya sido su cónyuge o de quien esté o hayan estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

El
Diario
Diario
Fórmate con nosotros
Cursos de RRHH y Empresa
Formación online certificada de Divulgación Dinámica relacionada con este artículo.
Artículos relacionados
Ver más de esta categoría →
3 min de lectura
Los retos de la orientación laboral en el mundo digital
La orientación laboral es un proceso que ayuda a las personas a tomar decisiones sobre su futuro profesional, teniendo en…
22 April, 2024

1 min de lectura
V Guía de Buenas Prácticas “Equilibrio entre la vida profesional, familiar y personal”
España ha vivido en las últimas décadas procesos de cambio de gran calado en las estruc-turas sociales y económicas. La…
18 April, 2024

1 min de lectura
Las brechas sociales
Vivimos una era de la confrontación. Una época en la que se imponen «los discursos de odio que intentan suscitar…
16 April, 2024